| 1. |
Es fedataria de la Universidad, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 73 º de la Ley N° 30220. |
| 2. |
Refrenda los documentos oficiales de la Universidad. |
| 3. |
Refrenda los Grados y Títulos que otorga la Universidad. |
| 4. |
Redacta, registra, distribuye y custodia las Resoluciones Rectorales y documentos oficiales de la Universidad. |
| 5. |
Brinda información fidedigna y oportuna a solicitud del Directorio. |
| 6. |
Hace cumplir las disposiciones del Directorio y del Rectorado. |
| 7. |
Analiza, evalúa y procesa los expedientes de Grados y Títulos, Convalidación de Estudios, Anulación de Convalidación de Estudios y Rectificaciones, entre otros. |
| 8. |
Organiza y dirige el Archivo Central. |
| 9. |
Dirige el sistema de Trámite Documentario. |
| 10. |
Dirige el Registro Central de Grados y Títulos. |
| 11. |
Dirige el Registro de Programas Académicos. |
| 12. |
Representa a la Universidad ante instituciones y organismos públicos y privados. |
| 13. |
Realiza la inscripción de los Grados y Títulos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. |
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